jueves, 23 de mayo de 2013

Sala de apelaciones de Bagua deberá continuar proceso Devuelven de Lima a Bagua Caso de la Curva del Diablo 


 BAGUA GRANDE.- Mediante Resolución de fecha 15 de mayo del 2013, la Sala Penal Nacional resolvió DEVOLVER EN EL DIA, el expediente conocido como “la Curva del diablo” a la Sala de Apelaciones y liquidadora Transitoria de Bagua para que continúe conociendo el proceso. Según esta resolución fundamenta en que si bien las reglas de adscripción competencial territorial están indicadas en el artículo 19° del Código de Procedimientos Penales, en donde se estipulan 4 criterios territoriales o fueros, teniendo al criterio del Juez competente a aquel del lugar donde se ha cometido el hecho delictivo como “fuero proferente”, éstas normas deben interpretarse en armonía con las exigencias constitucionales derivadas de la garantía genérica del debido proceso. En tal sentido señala que no “… no son pertinentes las citas al nuevo texto del artículo 16° del Código de Procedimientos Penales, pues su aplicación está condicionada a la configuración de un sistema específico de competencia penal creada por una Resolución del órgano de gobierno judicial, lo que no se ha producido para casos como el presente…”. Teniendo en cuenta el derecho al debido proceso y las connotaciones que reviste, como el acceso a la justicia en tiempo y modo oportuno, la Sala Penal Nacional considera que “…la emisión de la Resolución Nro. 257-2010-CE-PJ emitida por el órgano de Gobierno del Poder Judicial y el ¨fuero proferente¨, así como las características propias del presente proceso penal, llegan a la convicción de que tales criterios en conjunto resultan ser los adecuados para determinar que la competencia del proceso recae en la Sala Penal de Apelaciones Liquidadora Transitoria de Bagua. “Ha sido la predeterminada para conocer del caso ¨Baguazo¨ en razón del territorio y a la necesidad de facilitar el acceso al servicio de justicia a toda la ciudadanía, en especial de las personas alejadas y en situaciones de extrema pobreza (…) criterios que se superponen al inciso c) del artículo 1 de la Resolución Administrativa N° 194-2012-CE-PJ”. refiere la resolución. (A. PINTADO) 

Opinó abogado de IDL Dr Juan José Quispe “Caso debe ser archivado o someterse a juicio oral”


 BAGUA GRANDE.- el abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL) de Lima, Dr. Juan José Quispe, expresó su saludo lo resuelto por la Sala Penal Nacional que garantiza el derecho al acceso gratuito a la justicia a las personas de escasos recursos económicos (como son los miembros de las comunidades indígenas) “invocamos a que la Sala Penal de Bagua una vez recibido el expediente, asuma el criterio esgrimido por la Sala Penal Nacional de Lima” refirió el letrado en declaraciones al diario Marañón apenas pudo conocer esta resolución expedida en Lima. Juan José Quispe, manifestó que una vez reasumido la tramitación del presente caso, al haber realizado la diligencia de control de la Acusación del Fiscal Superior el día 07 de marzo último, debe resolver si devuelve el expediente a la Fiscalía para corregir algunos aspectos del dictamen acusatorio. “Deberá posteriormente señalar fecha para el inicio del juicio oral o en su defecto, emita una Resolución de archivamiento del proceso por ausencia absoluta de caudal probatorio, aplicando una correcta y eficaz administración de justicia” recalcó. (A. PINTADO)

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