Remitirá expediente a Lima
Sala Penal de Bagua se ratifica en no seguir investigando el “baguazo”
Bagua Grande (José Flores).- La Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora Transitoria de Bagua dispuso remitir el expediente sobre las investigaciones del “baguazo” a la Corte Suprema de Justicia de Lima para que, en última instancia defina la contienda de competencia negativa surgida entre las salas penales superiores de Lima y de Bagua, así lo informó el abogado de IDL Juan José Quispe.
Los magistrados de la Sala Penal de Bagua consideran que siguen siendo incompetentes porque, si bien refieren tener competencia territorial sobre el caso, persisten en señalar que la competencia especial y funcional corresponde a la Sala Penal Nacional.
Lo cierto es que esta resolución trasgrede el principio contenido en el inciso 16) del artículo 139° de la Constitución Política del Estado, que regula el acceso gratuito a la justicia de personas con escasos recursos económicos, como son los 53 miembros de las comunidades indígenas que se encuentran acusados por el caso denominado “Curva del diablo”.
Así mismo, estos irreflexivos magistrados de Bagua han desconocido la Resolución Administrativa Nº 257-2010-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. En ella, este máximo órgano de justicia dispuso claramente que los casos denominados “Curva del diablo” y “Estación Nº 06 de Petro Perú” sean juzgados por la Sala Penal de Bagua.
Cabe resaltar que extrañamente la Sala Penal de Bagua ha sufrido una recomposición de sus integrantes. El Presidente sigue siendo el magistrado Gonzalo Zabarburú Saavedra, pero los nuevos vocales son los doctores Francisco Santiago Delgado Paredes (vocal que proviene de la Sala Mixta de Utcubamba) y Ernesto Bernabé Orellano (juez penal que proviene del Juzgado de Utcubamba).
Por lo demás, queda claro que la Sala de Bagua rehúye a la potestad y deber de administrar justicia. No quiere seguir conociendo el proceso y, con argumentos insostenibles, ha conseguido que el caso regrese nuevamente a Lima. En consecuencia, tenemos para tres meses más sin juicio, vulnerándose el plazo razonable establecido en el artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario