martes, 14 de febrero de 2012

Caso FONAVI: Crean web "www.comisionfonavi.pe" donde aportantes podrán informarse del proceso de devolución


 Lima, 13/02/2012 (CNR) -- En este sitio se podrá encontrar toda la información oficial sobre el proceso en marcha para la devolución de sus aportes. Tal como se tenía previsto, la Comisión Ad Hoc, encargada de la devolución de los aportes al Fonavi a quienes contribuyeron al mismo, puso a disposición del público en general su página web, en la cual se encontrará toda la información que requieran los fonavistas sobre la parte normativa y los procedimientos que se llevarán a cabo. En esta primera etapa, la web proveerá de información más de tipo general, sobre la Comisión Fonavi, la Ley N° 29625 y su Reglamento, y una sección preguntas frecuentes para absolver las dudas que se tengan. Cabe precisar que si bien en la web pone a disposición los Formularios N° 1 y N° 2, esto no significa que el proceso de inscripción se haya iniciado. Su publicación se efectúa a fin de que los señores fonavistas se vayan familiarizando con el Formulario N° 1, y una vez abierto el proceso de inscripción, este sea efectuado adecuadamente. Justamente, en un comunicado que aparece en la página web de la Comisión Fonavi se informa que el proceso de inscripción se iniciará en la cuarta semana de marzo de 2012. Previamente, se debe implementar la Secretaría Técnica que establecerá el procedimiento de registro del Formulario N° 1 de inscripción. En este sentido, como ya ha había informado la Comisión, en la etapa de inscripción los señores fonavistas no tendrán necesidad de presentar documentos adicionales. Sólo consignar los datos requeridos en el Formulario N° 1, que son datos personales y el nombre de la empresa o empresas en que laboró, y el periodo de tiempo de trabajo. La Comisión, se indica, promoverá el uso del registro web del Formulario N° 1 a través de un aplicativo que incluya validaciones automáticas de la identidad de las personas y sus centros laborales. El objetivo principal de la promoción de esta alternativa, es minimizar el desplazamiento de los señores fonavistas para la entrega de formularios o documentos de sustento. Sin perjuicio de contar, tal como lo establece también el Reglamento de la Ley Fonavi, con centros de atención al público FONAVI, en Lima y provincias, a cargo de entidades públicas autorizadas por la Comisión en virtud de convenios suscritos.

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