lunes, 28 de enero de 2013

Denunciaron a alcalde y procuradora MPU por no acatar medida del juez Reponen en MPU tras fallo judicial a Domingo Rosales al ser despedido 


 BAGUA GRANDE. El ex sub gerente de recursos humanos de la municipalidad de Utcubamba Prof. Domingo Rosales Vargas tuvo que ser repuesto a su centro de labores por mandato judicial tras considerar que se le habían vulnerado sus derechos al despedírsele abruptamente del cargo. Según su abogado defensor el Dr. Jimmy Idrogo Bustamante, manifestó a la prensa que se había vencido el plazo el pasado lunes para dar cumplimiento a dicho fallo del juez Albarino Díaz Arroba mediante las resoluciones números 1 Y 2, el primero por medida cautelar, por lo que él y su patrocinado se vieron en la necesidad de llegar hasta la oficina de la Procuraduría municipal el pasado viernes a fin de que se ejecute la medida. Dijo que incluso se había presentado una denuncia ante el ministerio público por desacato o resistencia a la autoridad contra el alcalde Milecio Vallejos Bravo y la procuradora municipal debido a que inicialmente no se quiso reponer a su patrocinado, acción penal que avanza pese a que Domingo Rosales Vargas haya retomado sus funciones en el mismo cargo o uno similar. “Ha existido una desobediencia a la autoridad pese a haber estado debidamente notificados para que cumplan con la reposición de Domingo Rosales y eso está penado en cualquier parte del mundo. Esperamos en que se haga la entrega del cargo a su persona retornando a la de sub gerente de personal u otro afín con el mismo sueldo que percibía” manifestó. La diligencia se llevó a cabo bajo la presencia del sub gerente de recursos humanos, Marcos Tirado Montenegro y la Dra. Magaly Chávez Alcántara, procuradora municipal de la municipalidad de Utcubamba. ABOGADO IMPEDIDO DE EJERCER DEFENSA Mientras tanto, considerando que el Dr. Jimmy Idrogo Bustamante, había dejado de ejercer el cargo de procurador municipal hace pocos meses en la municipalidad de Utcubamba, el diario Marañón pudo conocer que el citado letrado se encontraría impedido de ejercer las funciones de abogado en vista que el DS No 017-2008-JUS (Reglamento del sistema de defensa jurídica del Estado) lo establece así en su artículo 23 relacionado a las prohibiciones de los procuradores públicos. “Se encuentran prohibidos de intervenir como abogados, apoderados, asesores, representantes o mandatarios de litigantes en procesos contra las entidades del Estado donde ejerció funciones, hasta un año después de haber desempeñado el cargo”.refiere la norma.

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