miércoles, 23 de enero de 2013


SALA PENAL DE BAGUA FORMULA ACUSACIÓN CONTRA DIRIGENTES INDÍGENAS POR EL BAGUAZO

Cuando el Fiscal de la Nación decidió  archivar la investigación y denuncia contra Mercedes Cabanillas Bustamante, ex ministra del Interior del régimen aprista, por los lamentables hechos de Bagua del cinco de junio de 2009 donde se enfrentaron peruanos contra peruanos y murieron 34 hermanos debido a la orden de desalojar la carretera Fernando Belaúnde Terry; se esperaba que la justicia se ejerciera de manera equitativa, sin embargo la Corte Superior de Justicia de Amazonas, a través de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Bagua decidió formular acusación contra los líderes indígenas que participaron la mencionada medida de protesta.
Entre las acusaciones que se observa en la Resolución del Veinte de diciembre del dos mil doce del Expediente N° 2009-194-010107 que se sigue contra Segundo Alberto Pizango Chota y otros en agravio de Jorge Luis Calla Roque y otros por el Delito de Homicidio Calificado y otros la Sala Penal Liquidadora de Bagua decidió formular acusación contra; Segundo Alberto Pizango Chota, Joel Shimbukat Atsasua, Leo Timias Tananta, Santiago Manuin Valera, Héctor Orlando Requejo Longuinote, José Gilberto Chale Romero y Merino Trigoso Pinedo, como instigadores y a Feliciano Cahuaza Rolin y Ronal Requejo Jima, como autores directos del delito contra la Vida el cuerpo y la Salud – Homicidio Calificado y se solicita que se imponga treinta y cinco años de pena privativa de libertad.
Así como también diversos autores por los delitos contra el cuerpo el vida y la salud en su modalidad de lesiones graves, como también por el delito de Contra la Seguridad Pública, entre otros.
En ese sentido, se resuelve notificar a todos los sujetos procesales y al Procurador que corresponda para que con la absolución o sin la del traslado de la Acusación Fiscal dentro del plazo de CINCO DÍAS hábiles e improrrogables se lleve a cabo la audiencia de Control de Acusación Fiscal la misma que se programa para el día SIETE DE MARZO DEL AÑOS DOS MIL TRECE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de la judicatura en cuestión.

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