martes, 19 de febrero de 2013

Desconoció ordenanza municipal que le fue enviada el mismo día del baile Funcionario MPU si conocía que bailes callejeros están prohibidos
 
Informe emitido por la Dra Inés Llalle dando cuenta de la queja de los vecinos antes de la realización de la yunsa bailable


Ordenanza municipal vigente desde 1999 donde prohibe la realización de bailes callejeros en Bagua Grande en su articulo primero infringido por Felipe Castillo
 
BAGUA GRANDE.- El gerente de servicios sociales y comunales de la municipalidad de Utcubamba, Prof. Felipe Castillo Sánchez, si conocía de la ordenanza municipal No 003-99-MPU que prohíbe desde el año 1999, la realización de actividades bailables en la via pública, tal como sucediera con el desarrollo de una la yunsa bailable, el 14 de febrero entre las intersecciones de la Av. Chachapoyas y el Jr José Antonio de Sucre, la citada ordenanza le llegó al despacho de dicho funcionario municipal para su conocimiento y fines por parte de la misma sub gerencia de comercialización y defensa del consumidor de la comuna edil utcubambina, pero el citado gerente hizo caso omiso a tal recomendación. El documento en referencia ingresó a su oficina acompañado del informe No 039-2013 firmado por la médico veterinaria Rosa Inés Llalle de Cubas en su calidad de sub gerente de comercialización y defensa del consumidor, siendo las 11.30 am, pero el gerente de servicios sociales y comunales, Prof. Felipe Castillo, autoriza la realización de dicho espectáculo en menos de 24 horas, sin importarle la ejecución por parte de defensa civil de una inspección técnica en el lugar (con 7 días de anticipación a la presentación de la solicitud del ente organizador) tal como lo norma el decreto supremo No 013-2000-PCM. El documento de la sub gerencia de comercialización y defensa del consumidor refiere en documento dirigido a la gerencia de servicios comunales y sociales “Que al existir malestar por los vecinos de la intersección de los Jirones Sucre y Av. Chachapoyas, por existir actividades en la vía pública, se le hace conocer que para este tipo de actividades existe una ordenanza municipal No 003-99-MPU que reglamenta dichas acciones, lo que hago de su conocimiento para que se envie una copia a la gobernación, a la gerencia de seguridad ciudadana. Defensa civil, imagen institucional para que dicha ordenanza sea difundida en los medios de comunicación y a la opinión pública para su conocimiento” Sin embargo, el Prof. Felipe Castillo, lejos de acatar la ordenanza municipal con rango de ley la desobedeció abiertamente, lo más increíble de ello, es que el citado funcionario tras los cuestionamientos fuertes por parte de la prensa local el mismo día 14 por haber autorizado dicho baile callejero, al día siguiente del desarrollo de dicha yunsa, la gerencia de servicios comunales, envió una carta la No 014-2013 al jefe de la oficina de imagen institucional. “Permítame alcanzarle una copia de la ordenanza municipal No 003-99, donde queda terminantemente prohibido las actividades bailables en las calles de la ciudad de Bagua Grande, para su difusión en el canal municipal y en los demás medios de comunicación”. Indicó. (A. PINTADO)

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