martes, 22 de julio de 2014

Pedido lo hace el JEE Rudecindo Vega 
tendrá que demostrar cuál fue su última residencia


 Bagua Grande (José Flores).- Sánchez Hidalgo Presidenta del JEE, Ñope Cosco, Primer Miembro Reyna Ordinola Segundo Miembro, observaron la inscripción de la fórmula y lista de candidatos para el Gobierno Regional de Amazonas, presentada por Javier Gustavo Zavala Segovia, personero legal de la Alianza Electoral “Todos Somos Amazonas” , para participar en las Elecciones Regionales 2014, pero, la observación mayor se la hicieron al candidato al gobierno regional Rudecindo vega Carreazo. El JEE señala en su resolución “El candidato a Presidente Regional Magister Rudecindo Vega Carreazo, si bien es cierto, de la copia de su DNI aparece que tiene como domicilio el ubicado en el Jr. José Antonio Sucre Nº 328, del Distrito de Lamud, Provincia de Luya, Departamento de Amazonas, desde el 11 de abril del 2011. Sin embargo de su declaración jurada de vida, aparece que se ha desempeñado como Embajador Extraordinario Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua, durante los años 2012 al 2014. Que, si bien en aplicación del artículo 38º del Código Civil en su condición de funcionario público, su domicilio es el último que haya tenido en el territorio nacional. Asimismo, conforme se desprende también de su declaración jurada de vida, desempeño el cargo de Ministro de estado con sede en la ciudad de Lima durante el año 2011. Por tanto, este Jurado Electoral Especial, considera que el mencionado candidato, debe acreditar cual fue el último domicilio que ha tenido en el territorio nacional con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 13º, numeral 2, de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683 y el art. 22º literal C del Reglamento, menciona el colegiado del JEE. Por otro lado con observaciones menos delicadas, el JEE indica que la candidata a Consejera Regional por la Provincia de Rodríguez de Mendoza, Srta. Gloria Fernández Torres, no acreditó el cumplimiento de la residencia efectiva establecida en el art. 22º literal c. del Reglamento. De igual forma laa candidata a Consejera Regional por la Provincia de Bagua, Sra. Mary Luisa Kuji Shawit, presentó su declaración de conciencia sin firmarla y no esta refrendada por el jefe, representante o autoridad de la comunidad, tampoco ha sido suscrita por la candidata ante el Juez de Paz, contraviniendo lo establecido en el Reglamento. La accesitaria por la Provincia de Bagua Srta. María Erika Uwarai Mashingash presento su declaración de conciencia que no está refrendada por el jefe, representante o autoridad de la comunidad o haber sido suscrita por la candidata a accesitaria ante el Juez de Paz. La accesitaria por la Provincia de Condorcanqui, Sra. Judith Francisco Tupica, se encuentra afiliada al Partido Nacionalista Peruano y presentó autorización suscrita por el Secretario General Provincial del Comité Provincial Condorcanqui, debiendo acreditar que el representante de la organización política se encuentra facultado por el estatuto o norma interna, para emitir el referido documento. El candidato a Consejero Regional por la Provincia de Condorcanqui, Sr. Wilson Lucas Rosalia y su accesitario Augusto Shimpu Orrego, presentaron declaraciones de conciencia que no están refrendadas por el jefe, representante o autoridad de la comunidad ó haber sido suscrita por los candidatos ante el Juez de Paz, y finalmente El acta de Elección Interna de Candidatos para Elecciones Regionales carece de la firma del personero legal, originando que la lista sea declarada inadmisible.

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