miércoles, 3 de diciembre de 2014

No serán desalojados Moradores del Sector el Mirador ganan juicio en Sala de Utcubamba 


Bagua Grande (José Flores).- El colegiado de la Sala Mixta de Utcubamba, por mayoría de votos revocó la resolución N°10 del 26 de mayo del 2013, donde declaraba infundadas las excepciones presentadas por los dirigentes del sector San Antonio 2, sobre la falta de legitimidad para obrar de la demandante Alejandrina Machuca Jibaja, en el juicio que le seguía a los posesionarios del referido predio, al respecto La Sala, declaró fundada las excepciones. Asimismo La Sala, revocó y declaró improcedente la sentencia del 19 de noviembre del año 2013, donde declaraba en parte fundada la demanda de desalojo por ocupación precargaría interpuesta contra las familias posesionarias por la señora Alejandrina Machuca Jibaja, en especial contra los dirigentes Andrés Risco Carrero, Régulo Risco Carrero, Javier Vásquez Vásquez, Eda Olano Espinoza, Milagros Chapoñan Ventura, Abran Risco Briones, Maximandro Vásquez Vásquez y demás personas. La apelación contra el inminente desalojo presentada por los posesionarios del dicho sector colindante con el sector de San Luis de Bagua Grande, donde habitan más de 600 familias en 173 hectáreas, fue recibida positivamente por la Sala de Utcubamba, tras investigar que dichas tierras fueron inscritas por el juez de tierras Camilo Niño de Guzmán, el uno de julio de 1984, en los registro públicos de amazonas, como tierras del estado y parte del proyecto de irrigación Magunchal. Dicha inscripción de realizó en aplicación del decreto Ley N°17716, Ley de reforma agraria, generando el asiento registral que dio lugar a la partida N°02014724, tomo IX, fojas 124 de los registros público de Amazonas, siendo el verdadero representante legal de la tierras el Ministerio de Agricultura, y no la denunciante, señala la sentencia. Tras esta sentencia, los posesionarios solo les quedaría hacer sus trámites legales ante el Ministerio de Agricultura, para obtener finalmente la posesión que tanto anhelan, y en razón a esa premisa dicho Ministerio a través de la Dirección Regional Agraria, emitió hace 14 años, la resolución directoral N°042-2001, del 22 de marzo, donde resolvió independizar diez lotes de terrenos del proyecto Magunchal, en donde aparece el sector San Antonio 2, siendo entonces que el terreno no le pertenece a la demandante, dicen los jueces. “los demandados no ocupan tierras de propiedad del demandante, sino, terrenos de propiedad del estado que le fueran entregados en posesión a Eda Olano Espinoza, por lo tanto deviene improcedente el petitorio del actor, sobre desalojo por ocupación precaria” señala la Sala Mixta de Utcubamba. Finalmente los jueces superiores expresan que conforme lo prescribe la Ley N°29618, queda establecido que todos los bienes inmuebles incluyendo el sector en disputa son del estado e imprescriptibles, siendo así, las tierras que han sido revertidas al estado son representadas por el Ministerio de Agricultura, desde el año 1982, y siguen bajo dominio del estado, y como tal, el estado ejerce el poder que le confiere la Ley.

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