miércoles, 30 de octubre de 2013

En curso organizado por el MPU PNP tránsito recibieron certificado de Educación Vial 



Bagua Grande (José Flores).- El Comandante PNP Eduardo Valdivieso Urbina, jefe de la comandancia rural PNP Utcubamba, acompañado del ing. Paulo Cesar Poma Muñoz, funcionario de tránsito de la comuna utcubambina, hicieron entrega en el patio de la comandancia rural de Utcubamba, al personal de sub oficiales de la PNP un certificado de educación vial, deberes y derechos de conductores y peatones, tras haberse desarrollado un curso organizado por el MPU. Dicha capacitación es relevante, ya que; como se recuerda AHORA comprobó cómo algunos efectivos policiales de tránsito de la ciudad de Bagua Grande, no están capacitados para levantar una infracción de tránsito de acuerdo a lo establecido por el decreto supremo Nº028-2009-MTC, donde establece los procedimientos de detección de infracciones al tránsito terrestre por efectivo policial “competente” en el ámbito urbano, señalando en su artículo 2, la obligatoriedad del efectivo a cumplir dicha norma. A pesar que dicho decreto establece en el artículo 6, “efectivo policial competente”. El efectivo policial asignado a transito deberá recibir una capacitación anual que les permita actualizar sus conocimientos en normatividad vinculadas a tránsito terrestre y demás normas, para lo cual la división de transito de Bagua Grande, no solamente debe gestionar las capacitaciones ante el MPU, sino también con el MTC, entidad que tiene mayor nivel en educación vial. Muestra que algunos efectivos de tránsito no estaban capacitados, y que AHORA lo denunció en su momento, fue la imposición de centenas de papeletas mal elaboradas y diseñadas por el MPU, que ningún efectivo advirtió, y por su precario conocimiento en normas de tránsito, las impusieron sin ningún control, e incluso en operativos conjuntos con la fiscalía de prevención (defensores de la legalidad) y el MPU. Inclusive los PNP que emitieron dichas papeleas pudieron hasta ser denunciados por abuso de autoridad, pero como los conductores tampoco conocen sobre normas de tránsito, optaron ciegamente por pagar las multas a pesar que dichas papeletas estaban viciadas y nulas como así lo establece el artículo 326, del reglamento nacional de tránsito, sobre los requisitos que debe contar una papeleta para ser legal. 

EL DATO 

Artículo 10.- Causales de nulidad, Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los Siguientes. 2. El defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez, salvo que se presente alguno de los supuestos de conservación del acto a que se refiere el Artículo.

No hay comentarios: