viernes, 12 de febrero de 2016

MPU invierte miles de soles en reforestarla y remozarla Candidata Marita Herrera utiliza berma central del MPU para publicitarse políticamente 






Bagua Grande (José Flores).- La candidata al congreso de la república con el Nº2 representando a Amazonas, por el Fujimorato, Marita Herrera Arévalo, utilizó áreas públicas para colocar decenas y grandes carteles políticos alusivos a su campaña rumbo al congreso con mensajes subliminales para que la población vote por ella. Dicha publicidad política las sembró en las bermas centrales de la Avenida Chachapoyas, donde el estado a través del MPU invierte actualmente miles de soles en remozarlas y reforestarlas, para que dicha candidata lo utilice abusivamente y desproporcionalmente en contra de otros candidatos, que no tienen estos privilegios. Lo preocupante del hecho, es que dicha publicidad política izada en una berma central de uso público, es que ninguna autoridad se percató que dicha candidata Marita Herrera, a través de sus allegados y del inescrupuloso sujeto que le vendió una supuesta autorización y se dedica a negociar carteles publicitarios, se despacharon varios días en la zona y nadie se dio cuenta. La candidata contrató albañiles para edificar primero una columna de concreto armado con fierros, que son visibles y desniveladas, luego colocaron una estructura de fierro, para rápidamente pegar la publicidad política colorida, incluso en medio de un árbol en crecimiento, mientras que otros son tapados por dichos carteles. En la víspera, el alcalde de Utcubamba, Manuel Izquierdo Alvarado, declaró para varios medios de comunicación que el JNE les había remitido sendos documentos con el objetivo que el MPU implemente la respectiva ordenanza municipal que regule y sancione la publicidad política en zonas públicas. El Artículo 5, de la Resolución N° 136-2010-JNE, sobre competencias de los Gobiernos Locales en materia de propaganda electoral, señala que será de competitividad de los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales en aprobar la ordenanza que autoriza y regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral. También están facultados a su retiro luego de la realización del proceso, en concordancia con el ordenamiento jurídico en materia electoral y lo dispuesto por el Jurado Nacional de Elecciones en el presente Reglamento y normas complementarias.

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