jueves, 22 de septiembre de 2011

También rehusamiento de bienes y otros
Denuncian a director UGEL-U
por retardo injustificado de pago


Director de la UGEL-Utcubamba Ángel Eduardo Constantino Ubillus
  
Señora Sevilla Suarez de Padilla

Con fecha ochos de setiembre del 2011, ante la fiscalía de de investigación preliminar de Utcubamba de turno, la señora Sevilla Suarez de Padilla, identificada con DNI Nº33644475, domicilio real en el Jr. Miguel Grau Nº 509, formuló denuncia por los delitos de retardo injustificado de pago, rehusamiento a entrega de bienes y exacción ilegal, ART. 390, 391 Y ART. 383 de código penal, contra el director de la UGEL-Utcubamba Ángel Eduardo Constantino Ubillus, el planillero y el tesorero de la Ugel, Eduardo Esquives Cueva.
La quejosa indica que su extinto esposo Juan Gustavo Padilla Julca, con quien se casó el 30/05/1967, habiendo procreado 7 hijos, desapareció el 19-04-2002, resaltando que cuando ocurrieron los hechos, él se venía desempeñando como director en la institución educativa de buena vista, habiendo sido cesado, acotando la viuda, que desde aquella época no ha logrado encontrar el cuerpo de su extinto esposo, pese a que he realizado la búsqueda en forma incesante
“señor juez, en proceso no contencioso expediente 2010-0455, declaro como presunto muerto a don Juan Gustavo Padilla Julca, como fecha probable de su muerte el 19 de abril del 2002, tal como acredito con la sentencia emitida por el juez mixto, con fecha 27 de julio del 2011, presente una solicitud que deberá tenerse en cuenta, donde solicite al director de la Ugel Utcubamba, se me pague las remuneraciones dejadas de percibir por mi desaparecido esposo, pero desde el 27 de julio a la fecha han transcurrido 12 días, y sin embargo, el operador de planillas de la Ugel, Eduardo Esquives Cueva, ha remitido un informe Nº 100-2011, donde hace de conocimiento que anteriormente existen documentos que han venido cobrando la remuneración que le correspondía a mi extinto esposo” indica la quejosa.
La señora Sevilla Suarez de Padilla, se siente mortificada, ya que sin que exista autorización judicial alguna, vale decir que han cometido el delito de exacción ilegal previsto y penado en el ART. 383 del código penal, al haber entregado emolumentos o remuneraciones no debidos a personas que han sorprendido a los funcionarios de la UGEL; con lo que se halla acreditado el delito, por cuanto al haber declarado como presunto muerto el señor juez a mi extinto esposo Juan Gustavo Padilla Julca, hoy los denunciados argumentan que van a verificar los montos remunerativos, remitiendo consulta a Lima, y sin embargo, al haber pagado la remuneraciones que le correspondían a su extinto esposo a terceros, ahí no han tenido que remitir consulta a Lima, manifiesta.
“se demuestra contundentemente, que el sueldo o remuneración de mi esposo está presupuestado, que ese fondo está expeditivo para hacérseme entrega, tercero que vienen demorando injustificadamente el pago ordinario que mes a mes, se hacía entrega a otras personas” expresó la viuda.
La denunciante adjuntó a su denuncia, el informe Nº 100-2011, la pertinencia de este medio probatorio es para demostrar que existe un trámite administrativo para demostrar que el operador de planillas desde el 27 de julio al 01 de setiembre del 2011, está demorando injustificadamente el trámite para el pago. Es útil este medio probatorio por cuanto revela que la pensión de su extinto esposo, fue cobrado por terceras personas, sin que exista una orden judicial, estimándose que la UGEL ha pagado un aproximado de 48 mil nuevos soles en los últimos años a terceras personas.
La mencionada denuncia también fue presentada en el despacho de Ministro de Educación y la comisión de fiscalización del congreso de la república, por el abogado de la quejosa, el letrado Alfonso Llagas Salazar.

No hay comentarios: