jueves, 20 de octubre de 2011

Abogado del MPU induce a error a Gerente Municipal y le hace firmar resolución que levanta sanción al “Zafiro” con atribuciones exclusivas del alcalde

BAGUA GRANDE (JOSÉ FLORES).- Aparte de no haber tenido en su poder el expediente completo de la sanción del cierre temporal por quinde días al recreo El Zafiro de San Luis, porque dichos documentos nunca salieron del área de rentas, el abogado y secretario general del la Municipalidad Provincial de Utcubamba, Manuel Alejandro Dávila Salazar, indujo a error al gerente de la MPU Lic. Élmer Chávarry Rojas, para que firme la resolución Nº 011-2011, donde declaran fundada la apelación del propietario del “Zafiro” y dejan sin efecto la sanción, sin darse cuenta que lo resuelto se estaba haciendo bajo las atribuciones conferidas en el artículo 20 numeral 33) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Cabe mencionar que las atribuciones conferidas en el artículo 20 numeral 33), son de exclusiva aplicación por parte de los alcaldes provinciales y no de los gerentes municipales. Asimismo el artículo 20 señala taxativamente ATRIBUCIONES DEL ALCALDE y el inciso 33) sdice: “son atribuciones del alcalde resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al texto único de procedimientos administrativos de la municipalidad”.
En conclusión, el abogado de la MPU Manuel Alejandro Dávila Salazar indujo a su gerente municipal Elmer Chávarry Rojas a firmar una resolución donde usurpa funciones del alcalde provincial Milecio Vallejos Bravo. Además, al estar mal motivada y sustentada dicha resolución en nula de puro derecho.
Cambian hoja de cuestionada resolución donde invocan erróneamente las atribuciones del alcalde.-
Lo más sorprendente fue conocer que el pasado lunes en horas de la tarde, tras darse cuenta del craso error cometido, los funcionarios involucrados en el tremendo escándalo cambiaron la hoja donde invocaban las atribuciones del alcalde conferidas en el artículo 20 numeral 33) de la Ley Nº 27972.
Luego de cambiar dicha hoja introdujeron ilegalmente otro folio con la misma redacción, donde cambiaban las atribuciones del alcalde, y colocaron la frase nueva “estando a las normas acotadas en los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas por la resolución de alcaldía Nº01-2011MPU y la Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativos”. Dicho acto significa un delito más grave, porque ya estaríamos hablando sobre la adulteración de una resolución de la MPU debidamente notificada y la falsificación de documentos en agravio del Estado representado por la municipalidad, debiendo el Procurador. el órgano de control y el Ministerio Público, intervenir de oficio, caso contrario podrían ser denunciados por omisión de sus actos funcionales.
Gerente de la MPU: “Yo actué de buena fe, pero aun así investigaré el caso”.-
Al ser abordado por la mayoría de medios de comunicación de la provincia, el gerente municipal Lic. Élmer Chávarry Rojas, dijo que él firmó dicho documento creyendo en la opinión legal del abogado; además expresó que sí han contado con el expediente completo para resolver, pero cuando la prensa le pidió que muestre el expediente, solo atinó a enseñar algunos documentos que no eran parte del expediente, que ese instante aun seguía en Rentas.
“Yo actué de buen fe y gracias al sustento legal del abogado, pero aun así pediré una exhaustiva investigación del caso” señaló el alto funcionario, quien después de las entrevistas llamó de urgencia a sus oficinas a las personas involucradas en la elaboración de la cuestionada resolución.

EL DATO
El propietario de El Zafiro recibe el 13 de octubre a las cuatro de la tarde la resolución de gerencia de rentas Nº059-2011 donde clausuran temporalmente por quince días el recreo. Con fecha 14 de octubre a la 9:30 de la mañana el dueño del “Zafiro” apela dicha resolución, y ese mismo día sin respetarse el debido proceso (ya que dicha apelación debió llegar primero a Rentas para luego ser elevada al alcalde para que resuelva en última instancia), el abogado Manuel Alejandro Dávila redactó apresuradamente la cuestionada resolución sin tener a la mano el expediente, como así lo ha señalado el jefe de Rentas Segundo Cruzalegui Herrera.

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